-->

COMUNICADO OFICIAL: Elecciones a Hermano Mayor


Conforme a los Estatutos que rigen esta nuestra hermandad y conforme a la Normativa Complementaria al estatuto marco aprobada por Decreto del Sr. Obispo de Córdoba de 15 de noviembre de 2007, la Junta Electoral nombrada por la Junta de Gobierno en sesión de 15 de julio de 2015 por la presente convoca Junta General para la elección de Hermano Mayor, la cual tendrá lugar (D.m.), en nuestra casa Hermandad, sito en c/ Viana 24 bajo, el próximo día 4 de septiembre, viernes, a las 21:00 en primera convocatoria, y media hora después en segunda.

 

Conforme al art. 5 de la Normativa Complementaria, tendrán derecho de voto todos los hermanos que a la fecha de la elección sean mayores de edad civil, lo que deberá ser acreditado con algún documento oficial (DNI, Carnet de Conducir). Además, deberán tener al menos un año de antigüedad como miembros de la Hermandad.

El censo de hermanos activos y con un año de antigüedad podrá ser examinado en horas de despacho parroquial en la Iglesia de San Mateo. Los hermanos tendrán un plazo de un mes para presentar las reclamaciones al censo que estimen convenientes y la Junta Electoral resolverá las reclamaciones en el plazo de diez días, debiendo comunicar su decisión al hermano reclamante en plazo de los tres días siguientes al cierre del plazo de reclamación, y realizando en el Censo la oportuna modificación si a ello hubiere lugar.

 

De acuerdo con los art. 5 de la precitada Normativa complementaria y art. 16 de los Estatutos, podrá ser candidato a Hermano Mayor cualquier hermano que reúna los siguientes requisitos: ser mayor de edad civil, con una año de antigüedad en la Hermandad, haber recibido el Sacramento de la Confirmación o iniciar en tiempo prudencial la preparación para recibirlo, no encontrarse en situación irregular y mantener un tenor de vida acorde a la fe y moral cristianas.

 

De conformidad con el art. 17 de nuestros estatutos, los plazos que rigen la elección son los siguientes:

a)                   Las candidaturas habrán de presentarse por escrito a la Junta Electoral desde el día de la convocatoria de la Junta General hasta veinte días antes de la fecha fijada para la elección.

b)                  La aceptación o rechazo de las candidaturas por la Junta Electoral se hará dentro de los tres días siguiente al cierre del plazo de presentación y a continuación será expuesta la resolución de la Junta Electoral, en el tablón de anuncios de la Hermandad y del templo donde radique la misma. Pudiendo presentarse reclamaciones en los cuatro días siguientes.

El art. 32 del Estatuto Marco establece que en caso de que fuera rechazada una candidatura a Hermano Mayor, la Junta Electoral lo comunicará por escrito fundamentado al hermano candidato, escrito que se entregará en mano al hermano dando fe el Secretario de la Junta Electoral de dicha entrega o de la imposibilidad de hacerlo por la negativa del hermano a recibirla; en dicho escrito se otorgará al hermano el plazo de cuatro días para reclamar.

c)                   La Junta Electoral resolverá las posibles reclamaciones en los dos días siguientes, exponiendo inmediatamente su resolución, en el mismo tablón de anuncios y comunicándolo por escrito en los mismos términos de apartado anterior al hermano reclamante


 
Como hermanos es nuestro deber la participación en este acto. Esperamos vuestra asistencia.